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Índice general del archivo del extinguido Juzgado Privativo de Tierras depositado hoy en la oficina de la Escribanía de Cámara y Hacienda del Supremo Gobierno de la República de Guatemala. Primera Parte que comprende las piezas pertenecientes a la República de Guatemala en 1859

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Índice general del archivo del extinguido Juzgado Privativo de Tierras depositado hoy en la oficina de la Escribanía de Cámara y Hacienda del Supremo Gobierno de la República de Guatemala. Primera Parte que comprende las piezas pertenecientes a la República de Guatemala en 1859.   [Foja 1] Advertencias indispensables para la inteligencia y acertado manejo de este índice.   1ª. El presente índice se comenzó a formar el siete de Noviembre de mil ochocientos cincuenta y siete y se concluyó el diez y seis de Setiembre de mil ochocientos cincuenta y nueve. Se emprendió en virtud de orden superior, a fin de dar arreglo formal a la oficina de tierras que es a cargo de esta Escribanía de Cámara, y para componerlo se practicó lo siguiente.   1º. Se tuvo a la vista el último índice de la materia formado por don Tomás Cervantes el año de 1835, el cual, consta de ocho cuadernos que se mandaron empastar; aunque algunos de ellos están en borrador.   2º. Se registró el archivo, expediente por expediente, sin atenerse a los rótulos,  porque se observó que en muchos, no estaban en correspondencia con su contenido, que otros no tenían carátula; y finalmente porque se ha procurado buscar en todos el nombre del sitio o paraje de cuyas medidas tratan, a fin de ponerlo al principio de la partida en letra grande y subrayado, para que las buscas se faciliten.   3º. Se mandaron tirar pequeñas tarjetas para pegarlas con goma en cada expediente y poner dentro [Foja 1v] de su marco l número respectivo, a fin de hacer distinguir con claridad, uniformidad y aseo la numeración de los expedientes.   4º. Se clasificaron estos, en primer lugar, por Departamentos y en segundo por años; colocándolos en orden cronológico riguroso. Para lo primero se tuvieron presentes los estados que los Corregidores formaron el año de 1856 de las Ciudades, Villas, pueblos, aldeas y haciendas de su respectiva jurisdicción. Además, se tuvieron a la vista los Mapas de Rivera Maestre, Baylli y Vandergenchte, con algunos conocimientos prácticos del infrascrito.   5º. Se registró así mismo el libro de conocimientos para averiguar el paradero de las piezas que faltan y se recogieron las que andaban extraviadas en los Ministerios de Gobernación y Hacienda, en la Secretaría de la Cámara y en el Archivo Antiguo del tiempo del Gobierno Español.   6º. y último. Se colocó cada legajo entre dos tablas de cedro y con su leyenda exterior que señala el Departamento a que pertenecen los expedientes que contiene y los años y número que comprende.   2ª. Como el presente índice está en correspondencia con el de 1835 formado por el señor Cervantes, según e ve por la tercera columna en la que se pone [Foja 2] la numeración que adoptó dicho señor, es indispensable advertir que el citado Cervantes siguió en la formación de su índice el plan siguiente:   Departamento de Sacatepéquez Subdividido en once legajos para los Distritos de la Antigua, Amatitlán, San Juan, Petapa, Las Vacas, Pinula, Mixco, Chinauta, Sumpango, San Lucas; y el último legajo destinado a papeles sueltos, el cual estamos con el nombre de legajo undécimo.   Distrito de Chimaltenango Un legajo.   Distrito de Escuintla Subdividido en cinco legajos correspondientes a: Escuintla, Chiquimulilla, Cuaginiquilapa, Jalpatagua y el 5º a papeles sueltos.   Departamento de Chiquimula Subdividido en catorce legajos correspondientes a Chiquimula, Zacapa, Quetzaltenango, Gualán, Mita, Jalapa, Sansaria, Jocoy y Mataquescuintla.   Departamento de Verapaz Subdividido en tres legajos correspondientes a: Salamá, Rabinal y Cobán.   Departamento de Quetzaltenango Subdividido en cinco legajos, correspondientes a Quetzaltenango, San Marcos, Cuilco, Ostuncalco, [Foja 2v] y expedientes incompletos y papeles sueltos.   Departamento de Totonicapán Subdividido en cinco legajos correspondientes a Totonicapán, Huehuetenango, Sacapulas, San Francisco el Alto y San Cristóbal.   Departamento de Sololá Un legajo   Distrito de Suchitepéquez Un solo legajo   Últimamente cuatro legajos de papeles inútiles de otros Estados incompletos o indiferentes. El plan adoptado en el presente índice es más sencillo: conforme con la actual división de Departamentos; y comprende además los Estados del Salvador y Chiapas, y el Departamento de Soconusco, cuyo índice obra en cuaderno por separado.      La siguiente tabla manifiesta el plan sobre que se ha trabajado este índice.   Tabla que manifiesta el número de legajos y expedientes de tierras que comprende cada Departamento de la República los años en que comienzan y concluyen sus índices respectivos, y la página de este volumen en que cada índice se encuentra:   [Foja 3] Departamentos Número de Legajos Id. de expedientes Años en que comienzan Año en que concluye el índice Página Guatemala 3 209 1577 1857 1ª Chiquimula e Izabal 6 394 1578 1859 15 Jutiapa 3 227 1579 1847 40 Santa Rosa 3 199 1577 1857 58 Escuintla 1 84 1578 1858 73 Amatitlán 1 86 1575 1858 79 Sacatepéquez 1 91 1565 1858 86 Chimaltenango 2 108 1589 1857 92 Verapaz y Petén 3 223 1575 1858 100 Suchitepéquez 2 134 1566 1858 116 Sololá 2 107 1563 1858 124 Totonicapán 2 102 1572 1856 132 Quetzaltenango 2 92 1579 1858 138 San Marcos 2 93 1585 1859 144 Huehuetenango 2 125 1600 1858 150 Los expedientes que faltan 102 Su lita se haya a la página 158   35 2371     Según se ve por la tabla anterior el presente plan tiene la ventaja de acomodarse a la actual división territorial; de estar por orden riguroso de años; y de dar a cada Departamento un número proporcionado de legajos y expedientes sin entrar en subdivisiones de Distritos, o partidos, las que siempre han sido [Foja 3v] inexactas entre nosotros.      Además respecto a todo lo relativo a tierras se han hechos las mejoras que paso a expresar. 1ª. Se han incluido una multitud de expedientes antiguos que se habían escapad a la investigación de los formadores del índice anterior. 2ª. Se han inventariado todos los fenecidos desde 1835 hasta 1858. 3ª. Se han corregido muchas carátulas que que no correspondían al contenido del expediente. 4ª. Se han hecho distinguir los nombres de los sitios y parajes, que muchas veces no se expresaba ni en el índice ni aún en la carátula; y los que no se han comprendido en esta regla, es porque en sus expedientes no se nombra el paraje de que tratan. 5ª. Muchas piezas se han recompuesto, habiéndose encontrado dividas [sic] y sus fragmentos confundidos en distintos Departamentos, multiplicando así inútilmente las partidas y perjudicando la integridad de los autos. 6ª. Se ha procurado expresar los nombres de los dueños o denunciantes y la jurisdicción del pueblo a que pertenece el paraje, a fin de distinguir unos de otros entre los que tienen una misma denominación. 7ª. Además se han encuadernado catorce volúmenes del Protocolo de Tierras, cada uno con [Foja 4] su índice especial, fuera del general alfabético y que los comprende todos.   3ª. Para que el Escribano no grave su consciencia diciendo que no existe una pieza que tal vez se haya en el archivo y perjudique así los interés ajenos, es indispensable que no se contente solamente con leer el índice del Departamento respectivo sino que además deberá leer con todo cuidado los de los Departamentos colindantes, y registrar los expedientes mismo a que se refieren aquellas partidas que no tienen el nombre del paraje  de que tratan. Este registro debe hacerse por cuantos nombres ha tenido el lugar que se busca, informándose de los dueños que ha tenido, y si era parte de alguna hacienda que tuviera otra denominación o si por el contrario se ha formado de la aglomeración de diversos sitios que vieran distintos nombres.   Guatemala Septiembre diez y nueve de mil ochocientos cincuenta y nueve. Juan Gavarrete
创建时间:
2024-01-03
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