Índice general del archivo del extinguido Juzgado Privativo de Tierras depositado hoy en la oficina de la Escribanía de Cámara y Hacienda del Supremo Gobierno de la República de Guatemala. Primera Parte que comprende las piezas pertenecientes a la República de Guatemala en 1859
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Índice general del archivo del extinguido Juzgado Privativo de Tierras depositado hoy en la oficina de la Escribanía de Cámara y Hacienda del Supremo Gobierno de la República de Guatemala. Primera Parte que comprende las piezas pertenecientes a la República de Guatemala en 1859.
[Foja 1]
Advertencias indispensables para la inteligencia y acertado manejo de este índice.
1ª. El presente índice se comenzó a formar el siete de Noviembre de mil ochocientos cincuenta y siete y se concluyó el diez y seis de Setiembre de mil ochocientos cincuenta y nueve. Se emprendió en virtud de orden superior, a fin de dar arreglo formal a la oficina de tierras que es a cargo de esta Escribanía de Cámara, y para componerlo se practicó lo siguiente.
1º. Se tuvo a la vista el último índice de la materia formado por don Tomás Cervantes el año de 1835, el cual, consta de ocho cuadernos que se mandaron empastar; aunque algunos de ellos están en borrador.
2º. Se registró el archivo, expediente por expediente, sin atenerse a los rótulos, porque se observó que en muchos, no estaban en correspondencia con su contenido, que otros no tenían carátula; y finalmente porque se ha procurado buscar en todos el nombre del sitio o paraje de cuyas medidas tratan, a fin de ponerlo al principio de la partida en letra grande y subrayado, para que las buscas se faciliten.
3º. Se mandaron tirar pequeñas tarjetas para pegarlas con goma en cada expediente y poner dentro [Foja 1v] de su marco l número respectivo, a fin de hacer distinguir con claridad, uniformidad y aseo la numeración de los expedientes.
4º. Se clasificaron estos, en primer lugar, por Departamentos y en segundo por años; colocándolos en orden cronológico riguroso. Para lo primero se tuvieron presentes los estados que los Corregidores formaron el año de 1856 de las Ciudades, Villas, pueblos, aldeas y haciendas de su respectiva jurisdicción. Además, se tuvieron a la vista los Mapas de Rivera Maestre, Baylli y Vandergenchte, con algunos conocimientos prácticos del infrascrito.
5º. Se registró así mismo el libro de conocimientos para averiguar el paradero de las piezas que faltan y se recogieron las que andaban extraviadas en los Ministerios de Gobernación y Hacienda, en la Secretaría de la Cámara y en el Archivo Antiguo del tiempo del Gobierno Español.
6º. y último. Se colocó cada legajo entre dos tablas de cedro y con su leyenda exterior que señala el Departamento a que pertenecen los expedientes que contiene y los años y número que comprende.
2ª. Como el presente índice está en correspondencia con el de 1835 formado por el señor Cervantes, según e ve por la tercera columna en la que se pone [Foja 2] la numeración que adoptó dicho señor, es indispensable advertir que el citado Cervantes siguió en la formación de su índice el plan siguiente:
Departamento de Sacatepéquez
Subdividido en once legajos para los Distritos de la Antigua, Amatitlán, San Juan, Petapa, Las Vacas, Pinula, Mixco, Chinauta, Sumpango, San Lucas; y el último legajo destinado a papeles sueltos, el cual estamos con el nombre de legajo undécimo.
Distrito de Chimaltenango
Un legajo.
Distrito de Escuintla
Subdividido en cinco legajos correspondientes a: Escuintla, Chiquimulilla, Cuaginiquilapa, Jalpatagua y el 5º a papeles sueltos.
Departamento de Chiquimula
Subdividido en catorce legajos correspondientes a Chiquimula, Zacapa, Quetzaltenango, Gualán, Mita, Jalapa, Sansaria, Jocoy y Mataquescuintla.
Departamento de Verapaz
Subdividido en tres legajos correspondientes a: Salamá, Rabinal y Cobán.
Departamento de Quetzaltenango
Subdividido en cinco legajos, correspondientes a Quetzaltenango, San Marcos, Cuilco, Ostuncalco, [Foja 2v] y expedientes incompletos y papeles sueltos.
Departamento de Totonicapán
Subdividido en cinco legajos correspondientes a Totonicapán, Huehuetenango, Sacapulas, San Francisco el Alto y San Cristóbal.
Departamento de Sololá
Un legajo
Distrito de Suchitepéquez
Un solo legajo
Últimamente cuatro legajos de papeles inútiles de otros Estados incompletos o indiferentes.
El plan adoptado en el presente índice es más sencillo: conforme con la actual división de Departamentos; y comprende además los Estados del Salvador y Chiapas, y el Departamento de Soconusco, cuyo índice obra en cuaderno por separado.
La siguiente tabla manifiesta el plan sobre que se ha trabajado este índice.
Tabla que manifiesta el número de legajos y expedientes de tierras que comprende cada Departamento de la República los años en que comienzan y concluyen sus índices respectivos, y la página de este volumen en que cada índice se encuentra:
[Foja 3]
Departamentos
Número de Legajos
Id. de expedientes
Años en que comienzan
Año en que concluye el índice
Página
Guatemala
3
209
1577
1857
1ª
Chiquimula e Izabal
6
394
1578
1859
15
Jutiapa
3
227
1579
1847
40
Santa Rosa
3
199
1577
1857
58
Escuintla
1
84
1578
1858
73
Amatitlán
1
86
1575
1858
79
Sacatepéquez
1
91
1565
1858
86
Chimaltenango
2
108
1589
1857
92
Verapaz y Petén
3
223
1575
1858
100
Suchitepéquez
2
134
1566
1858
116
Sololá
2
107
1563
1858
124
Totonicapán
2
102
1572
1856
132
Quetzaltenango
2
92
1579
1858
138
San Marcos
2
93
1585
1859
144
Huehuetenango
2
125
1600
1858
150
Los expedientes que faltan
102
Su lita se haya a la página
158
35
2371
Según se ve por la tabla anterior el presente plan tiene la ventaja de acomodarse a la actual división territorial; de estar por orden riguroso de años; y de dar a cada Departamento un número proporcionado de legajos y expedientes sin entrar en subdivisiones de Distritos, o partidos, las que siempre han sido [Foja 3v] inexactas entre nosotros.
Además respecto a todo lo relativo a tierras se han hechos las mejoras que paso a expresar.
1ª. Se han incluido una multitud de expedientes antiguos que se habían escapad a la investigación de los formadores del índice anterior.
2ª. Se han inventariado todos los fenecidos desde 1835 hasta 1858.
3ª. Se han corregido muchas carátulas que que no correspondían al contenido del expediente.
4ª. Se han hecho distinguir los nombres de los sitios y parajes, que muchas veces no se expresaba ni en el índice ni aún en la carátula; y los que no se han comprendido en esta regla, es porque en sus expedientes no se nombra el paraje de que tratan.
5ª. Muchas piezas se han recompuesto, habiéndose encontrado dividas [sic] y sus fragmentos confundidos en distintos Departamentos, multiplicando así inútilmente las partidas y perjudicando la integridad de los autos.
6ª. Se ha procurado expresar los nombres de los dueños o denunciantes y la jurisdicción del pueblo a que pertenece el paraje, a fin de distinguir unos de otros entre los que tienen una misma denominación.
7ª. Además se han encuadernado catorce volúmenes del Protocolo de Tierras, cada uno con [Foja 4] su índice especial, fuera del general alfabético y que los comprende todos.
3ª. Para que el Escribano no grave su consciencia diciendo que no existe una pieza que tal vez se haya en el archivo y perjudique así los interés ajenos, es indispensable que no se contente solamente con leer el índice del Departamento respectivo sino que además deberá leer con todo cuidado los de los Departamentos colindantes, y registrar los expedientes mismo a que se refieren aquellas partidas que no tienen el nombre del paraje de que tratan. Este registro debe hacerse por cuantos nombres ha tenido el lugar que se busca, informándose de los dueños que ha tenido, y si era parte de alguna hacienda que tuviera otra denominación o si por el contrario se ha formado de la aglomeración de diversos sitios que vieran distintos nombres.
Guatemala Septiembre diez y nueve de mil ochocientos cincuenta y nueve.
Juan Gavarrete
创建时间:
2024-01-03



