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Base de datos de expertos/as en ciberseguridad en Espa??a / Dataset of cybersecurity experts in Spain [DATASET]

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DataCite Commons2024-10-01 更新2025-04-09 收录
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https://digital.csic.es/handle/10261/307617
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Se publica en este repositorio de acceso abierto la base de datos de expertas y expertos en ciberseguridad cuyos resultados cient??ficos se utilizan en los an??lisis que se discuten en el cap??tulo ???La investigaci??n en ciberseguridad en Espa??a??? parte del Informe sobre la Ciencia y la Tecnolog??a en Espa??a 2023 publicado por la Fundaci??n Alternativa el 17 de mayo de 2023. URL: https://fundacionalternativas.org/publicaciones/informe-sobre-la-ciencia-y-la-tecnologia-en-espana/ Se presentan a continuaci??n los t??rminos legales que justifican la licitud de la publicaci??n de dicha informaci??n salvaguardando en cualquier momento el derecho de los/las interesados/as del tratamiento de datos personales a que se eliminen sus datos escribiendo a la responsable de la investigaci??n, D??a. Sara Degli Esposti (sara.degli.esposti@csic.es). En base a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la informaci??n p??blica y buen gobierno, art??culo 12: ??todas las personas tienen derecho a acceder a la informaci??n p??blica, en los t??rminos previstos en el art??culo 105.b) de la Constituci??n Espa??ola??. Seg??n el art??culo 5 ??la Administraci??n General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Aut??nomas publicar??n de forma peri??dica y actualizada la informaci??n cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuaci??n p??blica??. La base de datos que se pone a disposici??n no contiene datos especialmente protegidos, lo que limitar??a el derecho de acceso a la informaci??n p??blica previstos en el art??culo 14 y que deriva de la protecci??n de datos de car??cter personal en base al art??culo 5.3. por eso en base al art??culo 15.2. ??se conceder?? el acceso a informaci??n que contenga datos meramente identificativos relacionados con la organizaci??n, funcionamiento o actividad p??blica del ??rgano.?? La publicaci??n de esta base de datos cumple con el art??culo 11 de la Ley Org??nica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protecci??n de Datos Personales y garant??a de los derechos digitales, porque permite cumplir con el principio de transparencia proporcionando informaci??n b??sica sobre el tratamiento a los/as afectados/as. En el Reglamento general de protecci??n de datos, art??culo 14.5b se dice claramente que cuando la comunicaci??n con el interesado del tratamiento ??resulte imposible o suponga un esfuerzo desproporcionado, en particular para el tratamiento con fines de archivo en inter??s p??blico, fines de investigaci??n cient??fica o hist??rica o fines estad??sticos ??? el responsable adoptar?? medidas adecuadas para proteger los derechos, libertades e intereses leg??timos del interesado, inclusive haciendo p??blica la informaci??n??. Consecuentemente, la publicaci??n de esta base de datos permite: ??facilitar a los interesados la informaci??n sobre el tratamiento de sus datos personales??, rectificar ??los datos personales que le conciernen??, ??acceder a los datos personales recogidos que le conciernan??; adem??s ??los interesados deben tener derecho a que sus datos personales se supriman??. En el caso de los/as interesados/as incluidos/as en esta base de datos que sean funcionarios/as hay tambi??n que recordar que en base al art??culo 52 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto B??sico del Empleado P??blico, ??los empleados p??blicos deber??n actuar con arreglo a los siguientes principios: ??? transparencia, ??? accesibilidad ?????. Adem??s, en la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnolog??a y la Innovaci??n, articulo 4.1 se afirma que ??1. El Sistema Espa??ol de Ciencia, Tecnolog??a e Innovaci??n se rige por los principios de ??? transparencia, ??? apertura de la investigaci??n cient??fica, evaluaci??n de resultados, ??? y rendici??n de cuentas. Estos principios deben estar en consonancia con los fundamentos de una investigaci??n abierta, inclusiva y responsable.?? Conjuntamente ??el Sistema de Informaci??n sobre Ciencia, Tecnolog??a e Innovaci??n deber?? permitir su articulaci??n con los sistemas de las Comunidades Aut??nomas, la estandarizaci??n y comparabilidad de los datos, as?? como la coordinaci??n de los procesos y procedimientos en la gesti??n de datos, la transparencia, apertura, disponibilidad y reutilizaci??n de datos.?? Finalmente, en base a la Ley de la Ciencia entre los deberes del personal investigador que preste servicios en universidades p??blicas, en Organismos P??blicos de Investigaci??n de la Administraci??n General del Estado o en organismos de investigaci??n de otras Administraciones P??blicas recordamos en base al art??culo 15.1 la obligaci??n del personal investigador de: ??c) colaborar en los procesos de protecci??n y de transferencia de los resultados de sus investigaciones. e) ??? velar y tomar la iniciativa para que sus resultados generen valor social.??
提供机构:
DIGITAL.CSIC
创建时间:
2023-04-27
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